Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba para el año 2017 el calendario y bases de las convocatorias de las pruebas de selección para guardas rurales y sus especialidades. Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba para el año 2017 el calendario y bases de las convocatorias de las pruebas de selección para guardas rurales y sus especialidades.

Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba para el año 2017 el calendario y bases de las convocatorias de las pruebas de selección para guardas rurales y sus especialidades.

 

https://youtu.be/ooDXVsa97xE

 

De conformidad con lo establecido en los artículos 26 al 28 y el punto 2.º de la disposición derogatoria única de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada; Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada; Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, y la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero de 2011, sobre personal de seguridad privada, vengo a resolver:
Primero. Aprobar para el año 2017 el calendario de convocatorias de las pruebas de selección para guardas rurales y sus especialidades, cuya superación habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional, con arreglo a las bases de la convocatoria que en el anexo a la presente Resolución se aprueban y publican, y que serán comunes y únicas para cada una de las convocatorias, sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudiera sufrir la legislación vigente, en cuyo caso se estaría a lo dispuesto en ellas.
Segundo. Las pruebas de selección que se convocan se regirán, además de por la normativa anteriormente citada y las bases de la presente convocatoria, por la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los guardas particulares del campo, en sus distintas especialidades; Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada y la Orden del Ministerio del Interior, de 14 de enero de 1999, por la que se aprueban los modelos de informes de aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, en concordancia con lo dispuesto en el apartado a) de la disposición final primera del citado Reglamento; Artículo 44 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, así como demás normativa aplicable a esta materia con carácter directo o supletorio.
Tercero. La Dirección General de la Guardia Civil adoptará las disposiciones necesarias para que la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, a través del Servicio de Protección y Seguridad, lleve a cabo el desarrollo y la ejecución de los procesos selectivos convocados de acuerdo con las bases de la convocatoria establecidas en el anexo de esta Resolución. Madrid, 23 de diciembre de 2016.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.

Interacciones con los lectores

Comentarios

¿Olvidaste tu contraseña?